🇩🇴 MITUR • DGII • Ley 158-01 (CONFOTUR) • Art. 228 Codigo de Trabajo • Decreto 102-18

Calculadora de Impuestos Turísticos & Hoteleros RD

Calcula el costo real de tu estadía turística en Republica Dominicana: 18% de ITBIS hotelero, 10% de propina legal obligatoria (recargo combinado del 28%), Tarjeta de Turista (US$10), tasa de salida aerea (US$20) y exenciones CONFOTUR en DOP y USD.

Resumen Normativo de Impuestos Turísticos en RD

Recargo Hotelero / Restaurante (28.0%): 18% ITBIS (DGII) + 10% Propina de Ley (Art. 228 Codigo de Trabajo).

Tasas Aereas por Pasajero: US$ 10.00 de Tarjeta de Turista (Decreto 102-18) + US$ 20.00 de tasa de salida internacional.

Incentivos CONFOTUR (Ley 158-01): Exencion total de ITBIS (18%) en proyectos turísticos certificados.

Reembolso para Dominicanos: Los ciudadanos y residentes dominicanos tienen derecho a reembolso de los US$10 ante la DGII.

Consumos y Pasajeros

1 USD = 60 DOP
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Tarjeta Turista (US$10) y Salida (US$20)

Recargo Factura sin Impuestos: +28.00% (18% ITBIS + 10% Propina)
Propina Voluntaria (Cash Tip): Opcional sobre el servicio
Liquidacion de Viaje y Resort Tarifa Estandar (+28%)
Consumo Neto (Hospedaje + Alimentos) US$ 650.00
ITBIS Factura Hotelera (18%) US$ 117.00
Propina Legal Obligatoria (10% Art. 228) US$ 65.00
Total Factura del Hotel / Resort US$ 832.00
Tasas Aereas (Tarjeta US$10 + Salida US$20) US$ 60.00
Costo Total Integrado US$ 892.00
Equivalente en Pesos Dominicanos RD$ 53,520.00
Ahorro CONFOTUR Aplicado US$ 0.00
MITUR & DGII Dominicana Ley 158-01 y Art. 228

Matriz de Impuestos y Tasas Turísticas en Republica Dominicana

Estructura de tributos aplicables al sector de hostelería, transporte aereo y gastronomía.

Tributo o Recargo Tasa o Tarifa Base Legal Destino de Fondos Exenciones Posibles
ITBIS en Alojamiento y Gastronomía 18.0% Ley 11-92 (Codigo Tributario) Fisco Nacional (DGII) Exento en proyectos CONFOTUR
Propina Legal Obligatoria 10.0% Art. 228 Codigo de Trabajo Empleados de servicio del hotel No eximible por ley
Tarjeta de Turista US$ 10.00 / pax Decreto 102-18 Fondo de Promocion Turística Reembolsable a dominicanos y residentes
Tasa de Salida Aeroportuaria US$ 20.00 / pax Ley 199-67 Aeroportuaria / DGAC Incluido en boleto aereo
Regimen Especial CONFOTUR 0.0% ITBIS Ley 158-01 Fomento Turístico Incentivo a la inversion hotelera 15 anos de exencion fiscal

Estructura de la Cuenta Turística en Republica Dominicana

Desglose del Recargo Legal del 28%

Cuando un visitante consume en un restaurante o se hospeda en un resort fuera de planes todo incluido, la suma obligatoria que se anade a la factura es:

Total Factura = Consumo Neto + (Consumo × 18% ITBIS) + (Consumo × 10% Propina) = Consumo × 1.28

La propina legal del 10% se calcula sobre el subtotal neto antes de impuestos, no sobre el importe con ITBIS.

Reembolso de la Tarjeta de Turista (US$10)

Las aerolíneas internacionales cargan de forma automatica la Tarjeta de Turista en el desglose de tasas del boleto. Los dominicanos por nacimiento o naturalizacion y los extranjeros con carnet de residencia legal pueden reclamar la devolucion de los US$ 10.00 completando la solicitud en el portal de la DGII adjuntando la copia del pasaporte y el recibo del boleto electronico.

Preguntas Frecuentes (Impuestos Turísticos y Hoteleros en RD)

¿Por que las facturas de hoteles y restaurantes en RD tienen un recargo del 28%?

En Republica Dominicana, cuando los precios en menus o tarifas de habitacion no se anuncian con impuestos incluidos, la ley exige adicionar un 28.0%: el 18.0% del Impuesto sobre Transferencias de Bienes y Servicios (ITBIS) mas el 10.0% obligatorio de propina legal fijado por el Artículo 228 del Codigo de Trabajo.

¿Que es la propina legal del 10% y a quien beneficia?

El Artículo 228 del Codigo de Trabajo (Ley 16-92) obliga a todos los hoteles, restaurantes, bares y cafes a cobrar un 10% adicional por concepto de propina legal. Este importe no pertenece al negocio, sino que debe distribuirse íntegramente de manera mensual entre los trabajadores del establecimiento.

¿Como se cobra la Tarjeta de Turista de US$10 en Republica Dominicana?

Conforme al Decreto 102-18, la Tarjeta de Turista de US$ 10.00 se cobra de forma automatica incorporada en el precio del boleto aereo internacional para pasajeros no residentes que ingresan al país con fines turísticos.

¿Pueden los dominicanos solicitar el reembolso de la Tarjeta de Turista?

Sí. Los ciudadanos dominicanos y los residentes legales en el país a quienes las aerolíneas les hayan cobrado los US$ 10.00 de la Tarjeta de Turista en su billete aereo pueden solicitar el reembolso del 100% de manera digital a traves del portal oficial de la DGII.

¿Que beneficios fiscales otorga la Ley CONFOTUR (Ley 158-01)?

La Ley 158-01 sobre Fomento al Desarrollo Turístico (CONFOTUR) otorga a proyectos turísticos calificados una exencion del 100% del ITBIS en compras de bienes y equipamiento, exencion del 3% de transferencia inmobiliaria y exencion del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por hasta 15 anos.

MS

Engr. Muhammad Shahzad

Principal Systems Engineer & Regulatory Modeling Lead

Especialista en regímenes fiscales de hospitalidad y turismo internacional, normativas de incentivos de inversion turística (CONFOTUR) y tasas aeroportuarias en mas de 180 jurisdicciones.

Perfil de Autor Verificado

📊 Matriz Oficial de Deducciones de Ley DGII y TSS Republica Dominicana

Statutory Component / Legal Deduction Item Calculated Amount (DOP)
Primary Net / Statutory Payable Amount RD$ 0.00
MS

Engr. Muhammad Shahzad

Principal Financial Systems Architect & Dominican Republic DGII & TSS Labor Compliance Architect

Lead software and systems architect specializing in high-performance browser computing, algorithmic validation, financial models, and zero-telemetry client-side privacy architecture.

Verified Profile & Methodologies →