🇪🇨 Ecuador • COOTAD Arts. 527-568 • Tasas Municipales & Notaría

Calculadora de Alcabala y Plusvalía Municipal

Simula de forma exacta los tributos inmobiliarios en Ecuador: Alcabala (1.0% comprador), recargo provincial (0.10%), plusvalía urbana (vendedor con 5% de desgravacion por ano) y aranceles registrales en USD ($).

Resumen Directo de Tributos de Transferencia Inmobiliaria (COOTAD)

Alcabala (Comprador)

1.0% municipal + 0.10% provincial sobre el mayor entre precio contractual y avaluo catastral.

Plusvalía (Vendedor)

Hasta 10% de la ganancia líquida en predios urbanos con 5% de rebaja por cada ano de tenencia (100% a los 20 anos).

Notaría & Registro

Arancel tarifado por el Consejo de la Judicatura y el Registro de la Propiedad cantonal segun cuantía.

$

Precio pactado en la promesa o minuta de compraventa

$

El Art. 529 del COOTAD toma el valor mas alto entre venta y catastro

$

Costo registrado en la escritura publica de compra anterior

Art. 559: Concede 5% de rebaja por cada ano completo transcurrido

$

Deducciones autorizadas con permisos y facturas de construccion

Las zonas rurales no pagan plusvalía en el Ecuador

Alcabala (1.0%) $1,200.00 A cargo del Comprador
Plusvalía Municipal $2,625.00 Vendedor (25% desgravacion)
Notaría & Registro $546.00 Aranceles oficiales de cierre
Costo Total de Cierre $4,491.00 Tributos + Tasas combinadas

Desglose Detallado de Impuestos por Parte Obligada Base Imponible: $120,000.00

Concepto Tributario Parte Pagadora Formula Legal (COOTAD) Monto Estimado
Impuesto de Alcabala (Art. 527) Comprador 1.0% sobre mayor entre venta y catastro $1,200.00
Aporte al Consejo Provincial Comprador 0.10% sobre la base de alcabala $120.00
Impuesto a la Plusvalía (Art. 556) Vendedor 10% ganancia tras 25% rebaja (5 anos) $2,625.00
Honorarios Notariales (Escritura) Comprador / Acuerdo Resolucion Consejo de la Judicatura $246.00
Registro de la Propiedad Cantonal Comprador Arancel municipal de inscripcion $300.00
Total Liquidacion de Cierre Inmobiliario $4,491.00

Matriz Estatutaria: Tributos de Transferencia Inmobiliaria en Ecuador

Regimen comparativo de impuestos, exenciones y obligaciones estipuladas por el Codigo Organico de Organizacion Territorial, Autonomía y Descentralizacion (COOTAD).

Tributo / Tasa Base Legal Sujeto Pasivo Tarifa / Regla Exoneraciones Principales
Alcabala COOTAD Art. 527 Comprador 1.0% Entidades publicas, donaciones a beneficencia, viviendas de interes social (VIS).
Consejo Provincial COOTAD Art. 536 Comprador 0.10% Alineado a las mismas excepciones de alcabala cantonal.
Plusvalía (Utilidad) COOTAD Art. 556 Vendedor Hasta 10% s/ ganancia líquida Predios rurales (Art. 557), tenencia superior a 20 anos (desgravacion 100%).
Desgravacion por Tenencia COOTAD Art. 559 Vendedor 5% por ano transcurrido Tope maximo del 100% alcanzado a los 20 anos continuos de posesion.
Aranceles Notariales Res. Consejo de la Judicatura Comprador / Partes Escala segun cuantía ($150-$400) Beneficiarios de bonos estatales MIDUVI / VIS.
Registro de la Propiedad Ordenanzas Municipales Comprador Escala cantonal ($150-$500) Transferencias del sector publico y programas de vivienda prioritaria.

Preguntas Frecuentes sobre Alcabala y Plusvalía en Ecuador

¿Quien paga el impuesto de alcabala y cuanto es la tasa en Ecuador?

El impuesto de alcabala es pagado por el comprador (adquirente). Conforme al Art. 527 del COOTAD, la tasa es del 1.0% sobre la base imponible mayor entre el precio de venta contractual y el avaluo catastral municipal, mas un recargo provincial del 0.10% a favor del Consejo Provincial.

¿Como se calcula el impuesto a la plusvalía (utilidad) municipal en predios urbanos?

Bajo los Arts. 556 a 568 del COOTAD, la plusvalía la paga el vendedor de un predio urbano sobre la ganancia líquida: Precio de venta menos el costo de adquisicion mas mejoras justificadas. De dicha ganancia bruta se deduce una desgravacion estatutaria del 5% por cada ano completo de tenencia del inmueble. El remanente tributa en una escala progresiva municipal de hasta el 10%.

¿Los predios rurales pagan impuesto a la plusvalía en Ecuador?

No. Conforme al Art. 557 del COOTAD, la transferencia de dominio de bienes inmuebles rurales esta legalmente exonerada del impuesto a las utilidades en la compraventa de predios (plusvalía municipal). Solo tributan el impuesto de alcabala y las tasas de registro y notariales correspondientes.

¿Que sucede con la plusvalía si tengo el inmueble durante mas de 20 anos?

Debido a que el Art. 559 del COOTAD concede una desgravacion estatutaria del 5% acumulativo por cada ano completo transcurrido desde la fecha de compra, al transcurrir 20 anos o mas se alcanza el 100% de desgravacion, resultando en un impuesto a la plusvalía municipal de cero dolares ($0.00).

¿Cuales son los gastos adicionales de notaría y registro de la propiedad en Ecuador?

Ademas de alcabala y plusvalía, la compraventa requiere el pago del arancel de otorgamiento de escritura publica fijado por el Consejo de la Judicatura (típicamente entre $150 y $300 segun cuantía) y el arancel de inscripcion en el Registro de la Propiedad del canton donde se ubica el bien (aproximadamente $150 a $400).

MS

Auditoría Tecnica y Certificacion Tributaria

Verificado

Formulado y validado por Engr. Muhammad Shahzad. Cumple rigurosamente con los Arts. 527-568 del COOTAD y las resoluciones de aranceles notariales del Consejo de la Judicatura del Ecuador.

📊 Matriz Legal de Aportes IESS y Retenciones SRI del Ecuador

Statutory Component / Legal Deduction Item Calculated Amount (USD)
Primary Net / Statutory Payable Amount $0.00 USD
MS

Engr. Muhammad Shahzad

Principal Financial Systems Architect & Ecuadorian SRI & IESS Labor Systems Principal Architect

Lead software and systems architect specializing in high-performance browser computing, algorithmic validation, financial models, and zero-telemetry client-side privacy architecture.

Verified Profile & Methodologies →